California exigirá a su organismo regulador de plaguicidas que identifique los productos agrícolas que contienen PFAS en la base de datos pública estatal sobre el uso de plaguicidas y que publique las tendencias de uso en todo el estado, creando así un nuevo sistema de transparencia para los productos químicos a menudo denominados "sustancias químicas eternas". El gobernador Gavin Newsom firmó el Proyecto de Ley 1603 de la Asamblea como parte de una actualización legislativa del 27 de septiembre.
La ley ordena al Departamento de Regulación de Plaguicidas que añada información sobre PFAS antes del 1 de enero de 2028 o cuando publique los datos sobre el uso de plaguicidas correspondientes a 2026, lo que ocurra primero. El texto de la ley aprobada también exige que las PFAS se conviertan en una categoría de interés consultable y ordena al departamento que incluya las tendencias de uso de PFAS en sus informes anuales sobre plaguicidas y otras publicaciones pertinentes.
Qué cambia la ley
California ya opera uno de los sistemas de notificación de uso de plaguicidas más detallados del país. El Portal de Información sobre Plaguicidas de California permite a los usuarios buscar las aplicaciones notificadas por año, condado, cultivo o lugar, producto y sustancia química. La ley AB 1603 añade un nuevo nivel: el organismo regulador debe determinar si los productos registrados contienen PFAS añadidos intencionalmente como ingrediente activo, coadyuvante o inerte, y mostrar dicho estado junto con los datos de uso.
Esa distinción es importante porque la ley es principalmente una medida de divulgación y control. No prohíbe de inmediato a los agricultores el uso de cualquier plaguicida que contenga PFAS, ni ordena al departamento que cancele los registros existentes. Una versión anterior habría restringido el registro de nuevos plaguicidas que contuvieran PFAS, pero la medida final se modificó antes de su aprobación, según informó Reuters.
El departamento también debe publicar una lista de productos plaguicidas registrados que contengan ingredientes PFAS y actualizarla anualmente. Dicha lista, junto con los informes de uso, debería permitir a los investigadores, las comunidades agrícolas y los funcionarios locales distinguir qué productos están registrados, dónde se aplican y con qué frecuencia.
Lo que queda sin resolver
La utilidad de la ley dependerá de cómo el departamento clasifique los ingredientes y vincule los registros con los informes de solicitud. El portal de California actualmente permite realizar búsquedas por ingrediente químico activo, si bien los productos plaguicidas también pueden contener adyuvantes o los denominados ingredientes inertes. La ley AB 1603 incluye expresamente las sustancias PFAS añadidas intencionalmente en las tres categorías, lo que convierte la integración de datos en una tarea fundamental para su implementación.
Las PFAS comprenden una amplia familia de sustancias químicas sintéticas persistentes, no un solo compuesto. Las agencias federales de salud han vinculado la exposición a algunas PFAS con efectos nocivos, pero el riesgo derivado de cualquier plaguicida depende del compuesto, la dosis, la vía de exposición y la duración de la misma. El nuevo requisito de notificación mostrará los patrones de uso; por sí solo, no establecerá la exposición ni probará el daño causado por una aplicación específica.
Para los agricultores y fabricantes de plaguicidas, la consecuencia inmediata es la preparación para la divulgación de datos, en lugar de una nueva prohibición generalizada. Para los californianos, el primer punto de control significativo es la publicación de los datos de 2026 o la fecha límite del 1 de enero de 2028. Las decisiones de implementación del departamento, especialmente su método de comparación de productos y el tratamiento de los ingredientes no activos, determinarán si la base de datos se convierte en una herramienta práctica de supervisión o simplemente en un inventario general.