Según informes publicados el viernes 30 de octubre por la noche, la administración Trump planea trasladar a inmigrantes afganos desde centros de detención estadounidenses a través de Pakistán, para luego transportarlos a Afganistán. Estos informes plantean interrogantes inmediatos sobre la protección contra la persecución. Un primer vuelo podría partir el lunes 2 de noviembre, aunque el gobierno no ha confirmado públicamente la lista de pasajeros ni el horario.
Reuters informó que un funcionario estadounidense confirmó la ruta a través de Pakistán. Por otra parte, ABC News indicó que revisó un documento judicial presentado por un detenido que identificaba a Pakistán como destino, con posterior traslado a Afganistán. El reportaje describe una operación planificada, no una deportación ya realizada.
Abogados y organizaciones de defensa de los derechos humanos afirman que algunos de los detenidos en riesgo podrían tener vínculos familiares con afganos que colaboraron con las fuerzas estadounidenses. Su preocupación se centra en lo que sucede tras el aterrizaje del vuelo estadounidense: el traslado a otro país puede convertirse en un camino de regreso al lugar que temen, en lugar de un destino alternativo estable.
Luisiana se convierte en el punto de partida
Según informó ABC, familiares y defensores de los derechos humanos describieron la concentración de detenidos afganos en Luisiana, punto de partida de vuelos de deportación internacionales. Una mujer afirmó que su esposo, detenido durante más de un año, había sido trasladado recientemente allí desde Pensilvania y notificado de que la deportación podría producirse la semana siguiente. Estos testimonios no permiten determinar la situación de cada detenido ni elaborar una lista definitiva de personas.
El Departamento de Seguridad Nacional declaró a Reuters que no confirmaría futuras operaciones de deportación, alegando motivos de seguridad operativa. El presidente Donald Trump presenta su campaña de deportaciones como una medida de seguridad interna. La falta de información pública sobre las operaciones deja sin resolver el calendario previsto, el número de personas finalmente deportadas y la situación legal de cada caso.
La protección depende de las circunstancias individuales
federal de deportación establece normas para la selección de países de destino y restringe la deportación cuando el gobierno determina que la vida o la libertad de una persona estarían amenazadas por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social específico u opinión política. La ley también contempla excepciones, como delitos graves y motivos de seguridad. Por lo tanto, la protección es una determinación legal que se basa en cada caso particular, no una consecuencia automática de la nacionalidad.
Esa distinción limita las conclusiones que se pueden extraer del plan informado. Una orden de expulsión, una solicitud de protección y una orden que impide la expulsión a un país determinado son cosas distintas. La información pública no proporciona un registro legal completo para todas las personas potencialmente afectadas. Evaluar un caso individual requiere saber qué protección se solicitó, qué decidió un juez de inmigración y si algún tribunal ha bloqueado temporalmente la expulsión. El destino informado por sí solo no puede responder a esas preguntas. Sería prematuro concluir que todas las personas destinadas a ser trasladadas están legalmente protegidas o que la ruta planificada cumple con todos los requisitos aplicables.
Global Refuge, una organización que se opone al plan, solicitó al Congreso que exigiera la divulgación de cualquier acuerdo con Pakistán o los talibanes y la confirmación de que ninguna persona afectada cuenta con una orden judicial que le impida ser trasladada a Afganistán. Asimismo, pidió que se resolvieran los litigios pendientes antes de las salidas. Estas son las exigencias de la organización, no conclusiones que indiquen que ya se hayan violado determinadas protecciones.
Pakistán es más que una cuestión de tránsito
El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura ya había expresado su profunda preocupación por el retorno de afganos desde Pakistán. En sus observaciones de junio, el comité criticó las deportaciones masivas sin evaluaciones individuales de las necesidades de protección. Asimismo, citó informes de acoso, detención y coacción que empujaban a los afganos a regresar a sus países de origen, donde podían sufrir persecución, tortura o malos tratos.
El comité instó a Pakistán a proporcionar evaluaciones individuales y soluciones efectivas, así como a respetar el principio de no devolución, que prohíbe el retorno de personas expuestas al peligro de tortura. Dicha revisión es anterior a la operación estadounidense reportada y no determina su legalidad. Sin embargo, sí proporciona una base institucional independiente para analizar si Pakistán ofrecería una protección significativa o simplemente una escala intermedia antes de la expulsión.
Las nuevas evidencias de riesgo tienen limitaciones importantes
Una encuesta independiente realizada en octubre por No One Left Behind examinó a los aliados afganos que regresaron de terceros países. La organización recogió 236 respuestas en línea en septiembre e informó que 88 encuestados, o el 37%, afirmaron haber recibido amenazas durante el año anterior debido a su servicio junto a la misión estadounidense. Su metodología publicada indica que solicitó documentos de respaldo, pero no pudo verificar de forma independiente la identidad de cada encuestado ni la fecha de cada evento.
Los hallazgos se refieren a personas deportadas de terceros países, no a una muestra representativa de afganos detenidos en Estados Unidos. No permiten determinar la probabilidad de que un detenido individual sufra daños ni probar qué ocurrirá con los pasajeros en un vuelo futuro. Su relevancia es más limitada: documentan experiencias reportadas por aliados retornados e identifican riesgos que podrían requerir análisis legales.
La prueba inmediata consiste en determinar si la salida anunciada se lleva a cabo, quiénes están incluidos y qué oportunidades tienen las personas afectadas para impugnar el destino y el traslado posterior. Hasta que se disponga de esos detalles, la evidencia respalda la descripción de un plan de expulsión inminente, con importantes interrogantes sobre la protección de las personas, sin llegar a declarar que el vuelo haya partido ni que todos los casos individuales tengan el mismo resultado legal.